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Las agencias de viajes deberán exhibir al público su código QR (Quick Response)

Se estableció a través de la publicación en Boletín Oficial de la República Argentina que las agencias de viajes y las entidades no mercantiles sin fines de lucro, inscriptas en el Registro de Agencias de Viajes deberán exhibir al público el código Quick Response (“QR”) denominado “Agencias Habilitadas”.

18.06.2016 15:41 |  HSM Realizaciones | 

El mismo es otorgado por el Ministerio de Turismo a través de la Dirección Nacional de Agencias de Viajes dependiente de la Subsecretaría De Calidad Turística De La Secretaría De Innovación, Tecnología Y Calidad Turística.

La implementación de un código Quick Response (“QR”) denominado “Agencias Habilitadas” permitirá a los turistas-usuarios acceder a los datos actualizados de las agencias de viajes y de las entidades no mercantiles sin fines de lucro inscriptas en el Registro de Agencias de Viajes, en cuanto corresponda, pudiéndose obtener en forma inmediata: número de legajo, designación comercial, razón social, Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT), domicilio comercial, número de teléfono, correo electrónico y sucursales habilitadas.

Además  en todos los anuncios, promociones, ofertas y/o ventas que mediante el uso de sitios de Internet realicen las agencias de viajes o las entidades no mercantiles sin fines de lucro inscriptas en el Registro de Agencias de Viajes deberá ser incorporado el citado código, en la página principal de acceso al sitio.

Para acceder al sistema y obtener el código, se debe solicitar un usuario al Registro de Agencias de Viajes por mail a [email protected], detallando el número de legajo y la designación comercial, y por consultas al teléfono (011) 4316-1600 int. 2162.


+ info: Disposición Boletín Oficial
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